“Es un procedimiento de carácter obligatorio que se hace todos los años y nos ayuda definir las políticas para el sector”, resaltó el secretario de Minería rionegrino, Joaquín Aberastain Oro. El Registro actual cuenta con 105 productores con una fuerte predominancia de los de tercera categoría, en especial extracción de áridos.
Se entiende por productores mineros a los propietarios, concesionarios y arrendatarios de minas o canteras, a los que explotan en aprovechamiento común y a todos aquellos legalmente facultados para extraer sustancias minerales de minas o canteras registradas o concedidas. También, se consideran productores mineros a las personas o empresas dedicadas al tratamiento, trituración, molienda, concentración o beneficio de minerales.
El trámite se completa presentando el correspondiente formulario de inscripción, que puede ser descargado de la web de la Secretaría de Energía (www.energia.rionegro.gov.ar) o retirado de las oficinas de Minería en Viedma, Garrone 156. Se lo debe acompañar de un sellado del Banco Patagonia de $196.
Si el trámite no se completa antes de la fecha prevista por el Código de Procedimientos Mineros (Ley Q 4.941), el productor será automáticamente dado de baja, quedando inhabilitado para la entrega de guías de transporte de minerales.
A su vez, se recuerda que también es obligatoria la presentación de la Encuesta Anual de Producción Minera antes de la misma fecha. La información suministrada allí está amparada por el secreto estadístico, por lo que será confidencial y sólo será utilizada con fines estadísticos. La falta de este trámite hará que caduquen en forma automática las guías de tránsito de minerales que están en poder de los productores mineros involucrados.