De acuerdo a la normativa, tienen derecho a recibir esta reparación aquellos menores de 21 años que son descendientes de algún progenitor que murió a causa de violencia de género o de violencia dentro de la familia. Asimismo, las personas con discapacidad pueden cobrar la reparación económica sin límite de edad.
El monto de la reparación económica es igual a una jubilación mínima, y se percibe de manera mensual.
En caso de los menores de 18 años, estará a cargo de recibirlo la persona que tiene su guarda, ya sea tutor, curador o adoptante. En ningún caso puede cobrar la reparación el progenitor acusado de haber causado la muerte del otro progenitor.
En nuestra provincia, aquellos que deseen obtener mayor información al respecto pueden acercarse a las diferentes sedes del Consejo Provincial de la Mujer: en Viedma, Irigoyen 446; en San Carlos de Bariloche, Albarracín y Ruiz Moreno; en General Roca, Mitre 1154; y en Cipolletti, Alem 125 (primer piso). También pueden hacerlo en todas las delegaciones de Anses.